Investigación sobre los mitos del alquiler vacacional

La publicación “Mito y realidad del alquiler vacacional en las Islas Baleares. Análisis y recomendaciones de política turística” de los profesores de la UIB José Luis Groizard y William Nilsson analiza, en el caso de las Islas Baleares, ocho mitos habitualmente asociados a la actividad del alquiler vacacional y a su impacto. Los mitos abordados son:

  1. Generar un aumento insostenible de las pernoctaciones turísticas.
  2. Generar economía sumergida y evasión fiscal.
  3. Expulsar a los residentes de los centros urbanos (gentrificación).
  4. Encarecer el precio de la vivienda.
  5. Reducir la oferta de vivienda en alquiler a largo plazo.
  6. Destruir paisaje y favorecer la especulación en suelo rústico.
  7. Ser negocio y competir deslealmente con los hoteles.
  8. Llevarse la riqueza generada fuera de Baleares.

A partir de datos sobre número de viviendas de alquiler vacacional, cantidad de turistas, plazas alojativas, porcentajes de ocupación, ingresos por alquiler de vivienda,  distribución territorial de la oferta, número de viviendas por anfitrión, evolución de la población, etc., los autores, mayoritariamente, desmontan los ocho mitos estudiados. De manera muy resumida, los autores consideran que, en el caso de las islas Baleares, ser anfitrión mediante la opción de la vivienda vacacional contribuye a ensanchar el mercado turístico y a una distribución más equilibrada de sus rentas. Finalizan con una crítica al proyecto de Ley Turística de Baleares, aprobado recientemente, en lo referido a la regulación de la vivienda vacacional.

Artículos publicados en Retina de El País y SmartTravelNews

Vivienda en alquiler

Durante el mes de abril hemos publicado distintos artículos en medios externos a este blog, que ahora referenciamos cronológicamente:

 

Impacto esperado e impacto confirmado de la economía colaborativa

31 de enero de 2017

Por Jacques Bulchand Gidumal y Santiago Melián González

Hace unos días, durante una entrevista para un medio escrito nos preguntaban si realmente creíamos que la economía colaborativa tenía la capacidad de transformar las relaciones en la sociedad, tal y como predice, entre otros, Rifkin.

Es complicado, en este momento, a principios de 2017, ser capaces de prever en qué medida la economía colaborativa acabará transformando la sociedad, la forma en que nos relacionamos, la manera en que consumimos o si acabaremos prefiriendo alquilar coches a poseerlos.
Parece meridianamente claro que la economía colaborativa tendrá un impacto significativo en la sociedad, en las relaciones entre las personas y, por tanto, en la forma en que funciona la economía. Lo que quizás es más complicado de predecir es en qué medida generará este impacto (¿la economía colaborativa será responsable del 5% o del 75% del total de la economía?) y cuándo ocurrirá esta transformación (2020 o 2035).

Entre los muchos informes e intentos de predecir el futuro, probablemente el más citado sea el estudio de PwC, que menciona un impacto de la sharing economy (el término más popular en lengua inglesa y cuya equivalencia, al menos a nivel de uso, es similar a lo que en castellano denominamos como economía colaborativa) en 2025 de 335 mil millones de dólares.

Como suele ocurrir con todas las predicciones, solo el tiempo las confirmará. Pero algunas noticias que han aparecido recientemente y que hacen referencia a cuestiones que ya están pasando, pueden ayudarnos a entender que el ritmo de transformación social es mayor y más directamente “visible” a corto plazo de lo que cabría esperar:

En definitiva, en base a las cifras de usuarios ya era evidente que la economía colaborativa ha llegado para quedarse. Ahora también empezamos a tener claro, con datos medibles, que su impacto no va a ser, ni mucho menos, banal.

(Foto de Moyan Brenn en Flickr)

La economía colaborativa y el salvaje oeste

Imagen del Salvaje Oeste

22 de diciembre de 2016

Por Santiago Melián González y Jacques Bulchand Gidumal

La profesora Ursula Huws comenta distintos aspectos de la economía colaborativa en un artículo que en su título menciona al salvaje oeste (Platform Labour: Sharing Economy or Virtual Wild West?, publicado en el Journal of Progressive Economy). Este título es bastante indicativo de lo que varios autores piensan sobre la actividad y el trabajo que se está generando al amparo de la economía colaborativa. La cual, téngase en cuenta, ha sido considerada por la Comisión Europea como una fuente interesante de empleo en el actual contexto de dificultad para disminuir el paro.

Un tópico común, cuando se habla sobre economía colaborativa, es la conveniencia de contar con una regulación adecuada, dado los diferentes problemas que puede generar el estado actual de la cuestión: desprotección del consumidor, desprotección del trabajador, agravios comparativos con sectores de actividad regulados, y disparidad entre las regulaciones existentes, son aspectos frecuentemente señalados en la literatura.

En este post nos parece interesante sacar a relucir la pregunta, que se hace la anterior profesora, respecto a qué son, en realidad, las plataformas de economía colaborativa donde claramente se intercambia trabajo. Ahondando un poco en las mismas, estas plataformas se han agrupado en dos tipos: a) aquellas en las que se puede encontrar trabajo físico o que debe realizarse presencialmente (por ejemplo, alguien que necesita un pintor o un entrenador personal y acude a etece o cronoshare) y b) aquellas en las que se puede encontrar trabajo intelectual o que se puede realizar a distancia (por ejemplo, alguien que necesita un diseñador para la portada de un libro o un informático para generar una aplicación para móviles y busca en Upwork o PeoplePerHour).

Entonces, la cuestión es ¿qué tipo de empresas son estas plataformas? ¿Son un mercado (donde proveedores y consumidores realizan sus intercambios)? ¿Son una agencia de empleo (que hace la función de intermediar entre aquellos que ofertan y demandan trabajo)? ¿Son una empresa de servicios (que se dedica a ofertar un catálogo de servicios a los consumidores)? ¿Son plataformas publicitarias (en las que los proveedores pueden anunciar sus servicios)? ¿Son, en realidad, una nuevo tipo de actividad empresarial diferente de los anteriores?

Una posible respuesta es que no todas las plataformas en la economía colaborativa, aunque parecidas en la superficie, funcionan de la misma forma. Por ello, es posible que unas se asimilen más a una empresa de servicios y otras a una agencia de empleo, por poner el caso. De hecho, el estudio de cada caso individual es la solución que da la Comisión Europea en su informe de junio de 2016.

Pero, ¿por qué es importante tener claro el tipo de empresa que son las diferentes plataformas de la economía colaborativa? Pues porque su responsabilidad sobre los servicios, los consumidores y proveedores será diferente. De la misma manera, la idea que predomina entre las propias plataformas, respecto a que son meras intermediarias, tiene como consecuencia el carácter autónomo del trabajador, lo que las exonera de contribuciones directamente dirigidas a su protección (e.g., desempleo, enfermedad, o jubilación). Esto último, es más o menos preocupante dependiendo de la cifras de trabajadores actuando en la economía colaborativa. Por ahora, apenas existen datos al respecto y, ante el esperado crecimiento de esta actividad, pone de relieve la importancia de conocer el número de personas realmente activas en el rol de trabajador.

(Imagen extraída de Wikimedia Commons)